lunes, 14 de junio de 2010

1. INTRODUCCION

El siglo XX y el comienzo del presente siglo han traído lo que sé de ha denominado la “revolución digital,” caracterizada por el desarrollo de tecnología en todas sus formas y, por ello nos encontramos ante un complejo y laberíntico entramado de cables, satélites, redes, computadoras, fibra óptica, televisores e impulsos eléctricos que constituyen la infraestructura del cyberespacio. Esta revolución, que encuentra en Internet su máxima expresión, es posible gracias al fenómeno de la convergencia, es decir, en el uso combinado de las computadoras y las redes de comunicación.

Los efectos de la revolución digital se hacen sentir en los distintos sectores de la sociedad como lo es en la economía, la política, la educación, el entretenimiento entre otras. Así pues, la sociedad encontró nuevas formas de interrelacionarse (compras on-line, chats, e-mail, educación a distancia, foros de discusión, etc.), y este fenómeno ha traído y traerá cambios profundos, por lo que es imprescindible estar preparados para enfrentar una evolución tecnológica acelerada, para que no se produzcan los efectos negativos como ocurrió en el salto de la era agrícola a la industrial.

Como hemos visto, los beneficios que ha traído esta revolución son de gran significación para la humanidad, pero como proceso también conlleva consecuencias negativas, como lo es que el ciberespacio ha sido concebido como un ámbito propicio para la realización de conductas antijurídicas. A partir de la existencia de nuevas formas de operar con la tecnología, aparecen delitos que no son nuevos, sino que existían desde mucho antes de la aparición de la informática,
pero que presentan importantes particularidades que han planteado serios interrogantes que nuestro derecho positivo parece no saber cómo resolver.

Cualquiera de nosotros puede ser o ha sido víctima de tales delitos, que por su nueva forma de cometerse trae como consecuencia que por la falta de una tipificación y de no tener una legislación adecuada tanto nacional como internacional, esta nueva forma de delinquir quede impune.

Es por ello mi interés en el tema pues encuentro de vital importancia de estas nuevas formas antijurídicas y por lo tanto, la presente informe tiene como objeto fundamental explicar de una manera breve y concisa que son los delitos Infórmaticos, su caracterización, la clasificación de las distintas formas en que se realizan, un breve sumario de la legislación que existe en Bolivia que regula esta nueva forma de delinquir, y por último, una pequeña encuesta, que nos ayudará a realizar una buena conclusión y recomendacion que el caso amerite.
Todo esto a fin de que tengan una idea general de lo complejo y extenso que es el tema de los delitos informaticos, dentro la revolución digital y que nuestros gobernantes se adecuen a esta realidad legislando sobre esta materia coherentemente.

No hay comentarios:

Publicar un comentario